Nuestro director, el abogado Jaime Avelino González Marín, publica un artículo en la Revista de Responsabilidad Civil y Seguro, en el que aborda la “Inidoneidad interruptiva” en la acción de responsabilidad patrimonial sanitaria, una aproximación crítica a la STS, Sala 3ª. núm. 2722/2022 de 30 de junio de 2022.
El artículo se centra en la prescripción de acciones y, más específicamente, en los actos eficaces para interrumpirlas, dentro del ámbito de la responsabilidad patrimonial de la administración sanitaria. Busca examinar críticamente la doble doctrina establecida en una sentencia reciente del Tribunal Supremo (núm. 2722/2022, de 30 de junio de 2022), que afecta a la forma de interrumpir el ejercicio de las acciones por responsabilidad patrimonial en casos de reclamaciones por daños sanitarios.
En el estudio se plantea la preocupación y se cuestiona la adecuación de enfocar exclusivamente la determinación del daño en la fijación del plazo de prescripción, dejando de lado otros elementos jurídicos de la responsabilidad patrimonial, como la relación de causalidad. Este último aspecto es de especial importancia y complejidad en los casos de daños sanitarios.
Además, se realiza un análisis crítico de los fundamentos de cada uno de los criterios doctrinales que establecen la inadecuación interruptiva de algunos actos jurídicos, basándose en sentencias anteriores que sirvieron como referencia. También se mencionan brevemente otras sentencias de tribunales inferiores que defendían un criterio divergente al actual.
Desde nuestro despacho queremos agradecer a la Revista Responsabilidad Civil y Seguro la oportunidad brindada a nuestro director, Don Jaime Avelino González Marín, de publicar este artículo en su edición impresa.