Responsabilidad civil médica sanitaria: tramitación y reclamación.

Responsabilidad civil médica sanitaria: tramitación y reclamación.

¿Cómo puedo reclamar por Responsabilidad civil médica sanitaria? Con frecuencia, como despacho especialista en la materia, recibimos esta consulta que hoy queremos desgranar para todos nuestros lectores. ¿Cómo podemos llevarlo a término? ¿Cómo es la tramitación? ¿Cómo funciona la reclamación? Antes de avanzar alrededor de esta cuestión, recordamos que tenemos una variada colección de artículos sobre negligencias médicas a vuestra disposición, para que podáis ampliar vuestro conocimiento sobre este campo.

Responsabilidad civil médica sanitaria

Si consideras que has podido ser víctima, habiendo sufrido algún perjuicio a raíz de una negligencia médica, en primer lugar has de saber que existen diversas formas de reclamar al Servicio Público de Salud. Para tu conocimiento, citamos las dos maneras más frecuentes:

  • Reclamación patrimonial.
  • Reclamación al seguro del Servicio de Salud.

Asentado esto, ¿qué te parece si detallamos cada uno para comprender de qué se tratan? Avancemos en la lectura.

Reclamación Patrimonial

Esta es la que más se repite. La más habitual. Si crees haber sido objeto de una atención negligente por parte del sistema de salud, tienes derecho a reclamar. Es importante considerar que esa queja (y el ánimo indemnizatorio consecuente) deberá tener base, es decir, que tiene que estar fundada en argumentos lógicos que la sostengan. Esto, como hemos citado en otras ocasiones, y no está de más recalcar precisa:

  • Debe existir un daño, una merma o menoscabo.
  • Ese perjuicio padecido tiene que ser consecuencia del mal comportamiento médico, no meramente coincidente.
  • Debe ser probada sin lugar a duda, la relación entre la negligencia y el padecer.

Si todo esto queda claro y probado, podemos plantear una reclamación: ¿ante quién? La propia institución que prestó el servicio sanitario es la encargada de depurar y valorar si hubo negligencia o no. Antes de dar rienda a las suspicacias acerca del interés del organismo en sancionar contra su propia actuación, te apuntaremos quién participa en esa deliberación:

  • De un lado, los propios médicos señalados en la reclamación por negligencia. Ellos darán su versión de los hechos.
  • De otro lado, interviene el organismo de Inspección Médica, que por necesidad técnica, estará integrado por médicos que evalúan la situación y emiten un dictámen.
  • A veces, toma parte también un Consejo Consultivo. La idea es arrojar más luz sobre el caso y cerciorarse de tomar la decisión médicamente adecuada en cada ocasión.

Si en el plazo de seis meses, la Administración no ha resuelto y satisfecho —en caso de que se haya establecido tal medida— la indemnización que merece el paciente, interpondremos un recurso en el Tribunal Contencioso Administrativo competente.

Reclamación al seguro

Existen ocasiones en que la administración tiene suscrita una póliza de responsabilidad civil con una aseguradora. En tales circunstancias, podemos reclamar la cuantía a la aseguradora y normalmente —que no con seguridad— se suele derivar en casos más ágiles que se resuelven antes.

El proceso

Si sufres una negligencia médica, necesitas abogados especializados en este ámbito —no vale cualquiera— porque hay que estar familiarizado con un proceder y ser conocedor de las últimas novedades legales. Nosotros por ejemplo, te conseguimos de inmediato una valoración pericial que te aportará el argumento médico desde el que establecer las perspectivas de éxito o no de tu reclamación. Si resulta viable, podremos estimar una cuantía aproximada. Estamos a tu disposición para cualquier duda.

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